La Fundación, quiere agradecer públicamente al Grupo de Investigación y Análisis del Grupo de Tráfico de la Guardia Civil GIAT de Huesca

Un conductor ha sido investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, consistente en conducir un vehículo a motor de forma manifiestamente temeraria, con peligro concreto para la vida o integridad de las personas,

La Fundación ADO Moure Pro-Deporte, desde el año 2015, trabajamos y abogamos por un cambio radical ACTIVO en las políticas de seguridad vial de los COLECTIVOS VULNERABLES “CICLISTAS Y PEATONES”.

La realidad es que una gran mayoría de ciudadao@s hemos “normalizado” las acciones de VIOLENCIA VIAL, y sin darnos cuenta, las asumimos como quien asume las consecuencias de un fenómeno natural ante el que no es posible hacer nada. Y SI, SÍ ES POSIBLE HACER ALGO-

“La idea principal de nuestra iniciativa, es colaborar a reducir la cantidad de muertes en las carreteras”.

Nosotros compartimos la directriz de la Unión Europea del año 2004, dice que: HACER CUMPLIR LA LEY DE TRAFICO es la forma más eficaz de reducir los siniestros y las víctimas

Se trata únicamente de “alentar” a los ciclistas y peatones para que graben sus salidas en bicicleta por si, durante dicha salida, son testigos o sufren cualquier percance, o incluso en el peor de los casos llegan a convertirse en VICTIMAS MORTALES, dispongan de una prueba “EVIDENCIA” fehaciente de lo sucedido.

Y si son víctimas de una (acción) que sea susceptible de la incoación de un expediente sancionador por parte de la autoridad competente (administrativa o penal) que “CONOZCAN” que tienen el derecho de trasladar, a través de una denuncia voluntaria, al órgano competente, tales hechos y que para ello tienen dos formas de hacerlo: bien cada uno directamente personándose en la DGT,

en sus jefaturas provinciales o en la Policía Local o en el juzgado aportando sus datos personales así como las pruebas requeridas para tal fin o bien lo pueden hacer a través de la Plataforma de Denuncias de la fundación, aportando los datos requeridos que son los mismos que si fuera personalmente, a todos los efectos legales, con la única salvedad de que la presentación de la DENUNCIA figuraría, a todos los efectos, a nombre de la fundación y no al de la persona física por lo cual solamente la fundación tendría acceso a la identidad del denunciante.